Oficina de Planificación Hidrológica

Oficina de Planificación Hidrológica
Funciones

De acuerdo con el RD 984/1989, de 2 de agosto, por el que se determina la estructura orgánica dependiente de la Presidencia de las Confederaciones Hidrográficas, son funciones de la Oficina de Planificación Hidrológica las siguientes: 

  • La recopilación y, en su caso, la realización de los trabajos y estudios necesarios para la elaboración, seguimiento y revisión del Plan Hidrológico de la cuenca, de acuerdo con el artículo 39.2 de la Ley de Aguas.
  • Informar de la compatibilidad con el Plan Hidrológico de cuenca de las actuaciones propuestas por los usuarios.
  • La redacción de los planes de ordenación de las extracciones en acuíferos declarados sobreexplotados o en riesgo de estarlo y de aquellos otros en proceso de salinización.