SEGUIMIENTO DE LOS PLANES DE GESTIÖN DEL RIESGO DE INUNDACIÓN
PLAN DE GESTIÓN DEL RIESGO DE INUNDACIÓN DE LA PARTE ESPAÑOLA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADIANA 2016-2021
La Directiva 2007/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de la Unión Europea, de 23 de octubre de 2007, relativa a la “Evaluación y gestión de los riesgos de inundación”, y el Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, que la traspone al ordenamiento jurídico español, tienen como objetivo principal reducir las consecuencias de las inundaciones sobre la salud humana, el medio ambiente, el patrimonio cultural y la actividad económica. Esta Directiva obliga a los Estados miembros a la realización de las siguientes tareas, en unos plazos determinados:
- Evaluación Preliminar del Riesgo de Inundación (EPRI),antes del 22 de diciembre de 2011.
- Elaboración de mapas de peligrosidad por inundación y mapas de riesgo de inundación, antes del 22 de diciembre de 2013.
- Elaboración delPlan de Gestión delRiesgo de Inundación (PGRI), antes del 22 de diciembre de 2015.
En este contexto, el Secretario de Estado de Medio Ambiente del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA) resolvió aprobar la Evaluación Preliminar del Riesgo de Inundación (EPRI) de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana (DHGn) el 26 de diciembre de 2012.
La Confederación Hidrográfica del Guadiana elaboró los Mapas de Peligrosidad y de Riesgo de Inundación, tanto en los tramos fluviales, como en los de transición o costeros, clasificados como Áreas con Riesgo Potencial Significativo de Inundación (ARPSI).Estos mapas constituyen la información fundamental en la que se basa el PGRI, y fueron informados favorablemente por el Comité de Autoridades Competentes de la cuenca del Guadiana, en su reunión de 2 de septiembre de 2015.
Con fecha 30 de diciembre de 2014 la Dirección General del Agua del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente publica en el Boletín Oficial del Estado la apertura del proceso de información pública, tanto del contenido del proyecto de PGRI como de su programa de medidas, durante un plazo de tres meses, según lo establecido en el artículo 13.3 del Real Decreto 903/2010.Una vez examinadas y analizadas las sugerencias, observaciones y alegaciones recibidas, y realizados los cambios pertinentes, se expusieron anteel Comité de Autoridades Competentes y el Consejo del Agua de la cuenca del Guadiana, sin manifestarse objeciones al respecto.
En la XXXIX reunión del Pleno de Comisión Nacional de Protección Civil, celebrada en el Ministerio del Interior el 13 de abril de 2015, se informa favorablemente el PGRI de la DHGn, entre otros.
Simultáneamente a la elaboración del PGRI se tramitó su Evaluación Ambiental Estratégica, conjuntamente con la del Plan Hidrológico de cuenca, culminando con la publicación en el BOE, el 18 de septiembre de 2015, de la Resolución de 7 de septiembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se formula declaración ambiental estratégica conjunta de los planes Hidrológico y de Gestión del Riesgo de Inundación de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana para el periodo 2016-2021.
Efectuados los trámites anteriores se eleva el PGRI al Gobierno de la Nación, quien lo somete a informe del Consejo Nacional del Aguaen su sesión plenaria de 30 de septiembre de 2015, resultando favorable.
El viernes 22 de enero de 2016 se publica en el BOE el Real Decreto 18/2016, de 15 de enero, por el que se aprueban los Planes de gestión del riesgo de inundación de las demarcaciones hidrográficas del Guadalquivir, Segura, Júcar y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana, Ebro, Ceuta y Melilla.
A continuación se exponen, para su descarga, los documentos que conforman el PLAN DE GESTIÓN DEL RIESGO DE INUNDACIÓN DE LA PARTE ESPAÑOLA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADIANA 2016-2021: