La ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional estableció en su artículo 27 la necesidad de establecer un sistema de indicadores hidrológicos que definieran la situación de sequía y la confección de planes especiales que incluyeran las actuaciones a realizar y las reglas gestión a adoptar para los distintos sistemas de explotación en cada escenario declarado de sequía. En consecuencia, el Plan Especial de Sequía de la Cuenca del Guadiana fue aprobado por Orden MAM/698/2007, de 21 de marzo teniendo como objetivo minimizar los impactos ambientales, económicos y sociales de eventuales episodios de sequías.
Posteriormente, parte de su contenido fue adaptado al Plan Hidrológico 2016-2021 de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana correspondiente al segundo ciclo de planificación.
Tras la reciente aprobación del Plan Hidrológico 2022-2027 de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana correspondiente al tercer ciclo de planificación, corresponde una nueva revisión del Plan Especial de Sequía para su adaptación al nuevo plan hidrológico.
La revisión del Plan Especial de Sequía establece un periodo de tres meses de audiencia e información pública, según Anuncio de la Dirección General del Agua del 30 de marzo de 2023
Asimismo, se ofrece la posibilidad de rellenar una encuesta relacionada con estos Planes Especiales de Sequías y con otros aspectos relacionados con la planificación y la gestión de sequías. Esta encuesta estará también disponible hasta el próximo 30 de junio.
Enlace a Encuesta sobre los PES y otros aspectos de la planificación y de la gestión de sequía y escasez.