Junta de Gobierno

Son órganos de gobierno de los organismos de cuenca la Junta de Gobierno y el Presidente

PRESIDENTE

D. Samuel Moraleda Ludeña

  • Presidente del organismo

VICEPRESIDENTE PRIMERO

  • Secretario General de Población y Desarrollo Rural Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio Junta de Extremadura

VICEPRESIDENTE SEGUNDO

  • Comunidad de Regantes Canal del Zújar

SECRETARIO:

  • Secretario General del Organismo

COMISARIO DE AGUAS

  • Comisario de Aguas del Organismo

DIRECTOR TÉCNICO

  • Director Técnico del Organismo
Director Técnico del Organismo

JEFE DE LA OFICINA DE PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA

  • Jefe de la Oficina de Planificación Hidrológica del Organismo
  • Aprobar los planes de actuación del organismo, la propuesta de presupuesto y conocer la liquidación de los mismos.
  • Acordar,  en  su  caso,   las  operaciones  de  crédito  necesarias  para  finalidades concretas relativas a su gestión, así como para financiar las actuaciones incluidas en los planes de actuación, con los limites que reglamentariamente se determinen.
  • Adoptar los acuerdos relativos a los actos de disposición sobre el patrimonio de los organismos de cuenca.
  • Preparar  los  asuntos  que  se  hayan  de  someter  al  Consejo  del  Agua  de  la demarcación.
  • Aprobar,    previo   informe   del   Consejo   del   Agua   de   la   demarcación,   las modificaciones sobre la anchura de las zonas de servidumbre y de policía.
  • Declarar las masas de agua subterránea en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo o químico y las medidas para corregir las tendencias que pongan en peligro el buen estado mediante la aprobación del programa de actuación para la recuperación, sin perjuicio de las que puedan corresponder a otras Administraciones públicas.
  • Adoptar las decisiones imponer, cuando el interés general lo exija, la constitución de los distintos tipos de comunidades y juntas centrales de usuario; así como establecer, previo dictamen del Consejo de Estado, sus ordenanzas, en el caso de que no las hayan presentado.
  • Promover la declaración de determinadas zonas húmedas como de especial interés para su conservación y protección, de acuerdo con la legislación medioambiental.
  • Promover, previo informe favorable de los órganos competentes en materia de Medio Ambiente, la desecación de aquellas zonas húmedas, declaradas insalubres o cuyo saneamiento se considere de interés público.
  • Informar, a iniciativa del Presidente, las propuestas de sanción por infracciones graves o muy graves cuando los hechos de que se trate sean de una especial trascendencia para la buena gestión del recurso en el ámbito de la cuenca hidrográfica.
  • Aprobar, en su caso, criterios generales para la determinación de las indemnizaciones por daños y perjuicios ocasionados al dominio público hidráulico.
  • Proponer al Consejo del Agua de la demarcación la revisión del plan hidrológico correspondiente.
  • Y, en general, deliberar sobre aquellos asuntos que sean sometidos a su consideración por su Presidente o por cualquiera de sus miembros.