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Un plan para la gobernanza de las aguas subterráneas
Si exceptuamos el agua dulce localizada, de forma concreta, en glaciares y casquetes polares, las aguas subterráneas representan la mayor parte del agua dulce de la Hidrosfera. Se estima que el 99% de toda el agua dulce líquida del planeta son aguas subterráneas. Es por eso por lo que las aguas subterráneas constituyen un recurso esencial para la vida. Desde el punto de vista ambiental son el sustento de ríos, manantiales y de muchos humedales y ecosistemas de gran valor.
En un país con las características climáticas e hidrológicas de España, su papel es también decisivo desde el punto de vista socioeconómico, tanto para garantizar el abastecimiento de agua de calidad a la población, como el suministro a otros usos económicos, como los industriales o los agrarios. A esto se añade su papel estratégico en situaciones de sequía, dada su menor vulnerabilidad, y la especial relevancia que adquieren en un contexto de cambio climático.
A pesar de esta enorme importancia, los diagnósticos sobre la situación de las aguas subterráneas evidencian carencias importantes. Cerca del 40% de las masas de agua subterránea no alcanzan el buen estado requerido por la Directiva Marco del Agua, y problemas como la contaminación difusa o la explotación no sostenible de muchos acuíferos no revierten su situación.
El Plan de Acción de Aguas Subterráneas constituye una necesidad para la mejora del conocimiento y de la gestión de las aguas subterráneas en España. Además, responde a un mandato legal establecido en el artículo 29 de la Ley 10/2001 del Plan Hidrológico Nacional.
Su objetivo es la mejora del conocimiento, gestión y gobernanza de las aguas subterráneas, enfocada al gran reto de alcanzar el buen estado cuantitativo y químico de las masas de agua subterránea y los objetivos de las zonas protegidas y ecosistemas asociados, compatibilizándolo con una utilización sostenible de las aguas subterráneas para los diferentes usos.
En el desarrollo del Plan de Acción de Aguas Subterráneas se van a considerar las siguientes líneas de acción principales: Mejora del conocimiento; Impulso a los programas de seguimiento; Protección frente al deterioro de su estado; Digitalización y control de usos; Gobernanza y marco normativo.
El documento completo del Plan se encuentra disponible en la página web del MITECO.
El plazo para envío de observaciones al documento se establece entre el 13 de febrero y el 13 de marzo de 2023, ambos inclusive. Las propuestas, observaciones y sugerencias se pueden realizar a través de correo electrónico al buzón de la Subdirección General de Planificación Hidrológica del MITECO: bzn-sgph@miteco.es.


